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Ponencias

ASPECTOS
GENERALES DE LA EMPRESA AGRARIA ESPAÑOLA
José Manuel
Martín Lozano
Pedro Pablo Pérez Hernández
Miguel Romero Velasco
Profesores Titulares e Investigadores de la Unidad de Economía
y Política Agraria de ETEA (Institución Universitaria
de la Compañía de Jesús). Córdoba

3. CONCEPTO Y PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS
DE LA EMPRESA AGRARIA
En general, los especialistas en la materia
señalan que una empresa agraria es aquella que realiza
una actividad agraria. Pero ¿Qué se entiende
por actividad agraria?. La mayoría de autores consideran
que es aquella que emplea la tierra para obtener productos
vivos, plantas y animales. Según Ballarín actividad
agraria es toda aquella actividad dirigida a obtener productos
del suelo mediante la transformación o aprovechamiento
de sus sustancias físico-químicas en organismos
vivos de plantas o animales controlados. Igualmente dicho
tratadista define la empresa agraria como "la unidad
de producción económica, constituida por el
empresario y sus colaboradores, así como por la tierra
y demás elementos organizados mediante los cuales se
ejercita una actividad agrícola, ganadera, forestal
o mixta".
Otros autores incluyen en su definición
de empresa agraria un criterio biológico, por el cual
existirá una empresa agraria cuando su producción
se desarrolle según leyes biológicas. Otros
autores indican de forma más simple que una empresa
se puede catalogar como agraria cuando desarrolla una actividad
tradicionalmente tenida como agraria.
Más recientemente hay autores que consideran
que la empresa agraria denominada pura no existe e incluyen
dentro del concepto de empresas agrarias aquellas que desarrollan
su actividad en el mundo rural y no se habla tanto de empresa
agraria como de empresa rural o de la multifuncionalidad de
la empresa agro-rural.
La explotación agraria aparece como
una célula de producción, semejante a la empresa
en la industria. Sin embargo, aún hoy, son evidentes
las diferencias entre la empresa agraria y la industrial;
el tipo de bien ofrecido al mercado, el tamaño medio
y la forma jurídica podrían servir de ejemplo
para confirmar esta hipótesis. Pero la gran diferencia,
en palabras de los profesores Desclaude y Tondut, reside en
la originalidad del proceso de producción agrario,
que hace intervenir el medio (complejo clima-suelo) y los
fenómenos biológicos.
Características
De lo que no cabe duda es que la empresa agraria
o agro-rural reúne una serie de características,
que en algunos casos se transforman en condicionantes, que
la diferencian sensiblemente de los demás tipos de
empresas. Tales características son trascendentales
para comprender el propio funcionamiento de las empresas y
por agregación, del propio sector agrario. Destacamos
las siguientes:
a) Factores de producción incontrolables:
dependencia total de la materia viva (suelo), clima, etc.
b) Complejidad en los procesos de producción: la
empresa agraria simultanea diversos procesos productivos
ya que es la única forma de utilizar toda la capacidad
productiva existente (tierra, mano de obra y capital). Precisamente
el nuevo concepto de multifuncionalidad pone de manifiesto
entre otros aspectos esta apreciación.
c) El tiempo como parte del proceso de producción.
Los procesos de producción no se pueden acortar más
de lo posible climática y genéticamente según
la naturaleza viva de la producción a obtener y ello
crea una cierta dependencia para el empresario de la meteorología
en primer lugar, y de las multinacionales en segundo lugar,
para obtener aquellos inputs que le garantizan su producción.
Aunque el progreso agrícola ha sido significativo
en lo últimos años, aún se encuentra
a distancia de la velocidad del progreso industrial.
d) Heterogeneidad de las producciones. Mientras que la empresa
industrial es capaz de predecir su ritmo de producción,
el empresario agrario debe esperar las cosechas para conocer
sus rendimientos la calidad de las mismas.
e) Instalaciones obsoletas. Además del grado de obsolescencia,
el ritmo de sustitución de instalaciones, maquinarias,
etc., ha sido inferior en la agricultura con relación
al sector industrial. Este condicionante ha ralentizado
en cierta forma, el proceso de modernización de la
empresa agraria.
f) Tamaño medio reducido. La mayor parte de las empresas
agrarias en Europa y en España presentan un tamaño
no apropiado que las aleja de los beneficios obtenidos por
empresas de mayor tamaño de otros sectores, capaces
de aprovechar las correspondientes economías de escala.
g) Escasez de formación a todos los niveles.
h) Elevada edad media de los empresarios agrarios, a lo
que se une la problemática de la sucesión
en la empresa agraria. El nivel de rotación en los
cuadros directivos de cualquier empresa industrial o de
servicios supera ampliamente al de la empresa agraria.
Todos estas características y condicionantes
de la empresa puramente agraria unido a la existencia de una
serie de leyes que definimos a continuación, justifican
la inevitable protección de la que ha gozado el sector
agrario y no otros sectores productivos.
LA "INEVITABLE" PROTECCIÓN A LA AGRICULTURA
Una cierta protección a la agricultura
resulta inevitable . En efecto, razones económicas
y políticas han estado en el origen de esta política
proteccionista. Dichas razones son de índole genérica
(válidas para la agricultura de cualquier ámbito
geográfico) y de índole específica (propias
de la Europa occidental de los años 50).
Las razones genéricas,
tomadas de la teoría económica al uso, pueden
sintetizarse en tres conocidas leyes económicas .
La Ley de Turgot,
o de los rendimientos decrecientes. Tradicionalmente
se considera que la agricultura es un sector en el que se
cumple de forma paradigmática esta ley ; es un hecho
conocido que en las funciones normales de producción,
a más cantidad de input introducido en el proceso productivo,
se produce mayor cantidad de producto; sin embargo, en el
sector agrario, en un momento determinado, a partir de un
cierto umbral, el crecimiento de las cantidades de inputs
que se incorporan al proceso productivo traerá consigo
un descenso en los rendimientos de las plantas o de los animales.
El carácter de seres vivos de estas auténticas
fábricas que son la planta y el animal explica este
fenómeno. Así, a medida que se aumentan las
dosis de abonado, podrá crecer el rendimiento de un
cultivo, siempre y cuando no se alcance el umbral de los rendimientos
decrecientes: a partir de una determinada dosis, la planta
se quema... Lo mismo cabe decir del riego o de la cantidad
de alimentos que puede ingerir el ganado. Esta primera limitación
justifica, en alguna medida, la aparición de la protección
a la agricultura; en efecto, los incrementos de productividad
como vía para incrementar las rentas agrarias encuentra
un techo en esta ley de rendimientos decrecientes.
La Ley de Engel
enuncia el hecho de que la elasticidad demanda-renta de los
productos procedentes del sector agrario, alimentos en su
gran mayoría, sean menor de la unidad; es decir, que
a medida que crece la renta, los incrementos de la demanda
de ese tipo de bienes son menores que los incrementos de la
renta. Tampoco por esta vía del incremento de la demanda
global puede la agricultura, en principio, garantizarse un
horizonte de crecimiento ilimitado para sus producciones.
Nótese que nos referimos a un determinado país
o sociedad; en efecto, las necesidades alimenticias mundiales
-hoy de hecho insatisfechas, más que nada por un problema
de distribución y no tanto de producción- parecen
permitir aún márgenes considerables para el
aumento de la oferta. En todo caso, la ley de Engel justifica
también la necesidad de protección para el sector
agrario.
La Ley de King
expresa el conocido fenómeno de que incrementos re-lativamente
moderados de los rendimientos o de la producción global
agraria suelen acarrear descensos mucho más que proporcionales
de los precios. Por ejemplo, un pequeño incremento
en la cosecha de patatas puede hacer bajar el precio de forma
considerable. En consecuencia, también por este lado,
el sector agrario ve limitadas sus posibilidades de expansión
y de crecimiento y, en con-secuencia, necesita protección.
En el caso europeo existen algunas
causas específicas que explican también,
en buena medida, el proteccionismo de la PAC. Entre ellas
destaca la situación de desabastecimiento en productos
alimenticios que Europa conocía todavía en los
años 50; por esa razón los países de
Europa occidental tenían que realizar importaciones
de una serie de producciones esenciales en la dieta de los
consumidores europeos de entonces. Una política proteccionista,
como la que fomentaba la PAC, tendía precisamente a
incrementar las producciones para garantizar dicho abastecimiento:
se trataba de una política típicamente produc-tivista.
La consecuencia de esos fuertes incentivos a la producción
fue que, al volver de los años, la CEE pasó
a convertirse en un potente exportador de pro-ductos agrarios,
disgustando por cierto al gigante USA, al disputarle sus mercados
tradicionales. Que al llegar a los años 80 ese sistema
de protección haya ge-nerado unos efectos perversos,
traducidos en la acumulación de ingentes cantidades
de excedentes no era algo previsible a la altura de los últimos
años 50 .
No es casual que los cambios drásticos
que se están produciendo en la PAC ocurran, precisamente,
cuando el sector agrario ha descendido sensiblemente en todos
los países de la Unión Europea, donde la población
activa agraria asciende sólo a unos 9 millones de personas,
no alcanzando ya el 6% de media, y habiendo liberado la modernización
agrícola más de 10 millones de personas que
pasaron de la población activa agraria a la industria
y a los servicios, en un proceso que, por cierto, no se ha
detenido aún. Por otra parte, sobre el PIB total de
la Unión Europea, la agricultura pesa muy poco, no
representando en la actualidad sino en torno al 3%, aunque
con diferencias notables entre los países.
En último término, en este asunto
del proteccionismo agrario ocurre que protege
quien puede, no quien quiere. Todos los países
del mundo, y sobre todo aquellos en los que la falta de alimentos
provoca el gravísimo problema del hambre o la infraalimentación,
desearían poder incentivar mediante subsidios su producción
agrícola para abastecer adecuadamente a la población.
Pero de hecho sólo los países ricos tienen los
recursos financieros necesarios para proteger a la agricultura.
El modelo de agricultura europeo, sin entrar
ahora en el debate de su futuro mantenimiento, ha generado
la existencia de dos tipos de empresas agrarias. Las llamadas
de subsistencia, formadas por pequeñas explotaciones,
cuyo papel es más social que económico y las
comerciales, de mayor tamaño y con una clara proyección
al mercado.
Otra clasificación inicial posible
de las explotaciones es la que se basa en los medios de producción;
por un lado podemos hablar de la llamada empresa familiar
, predominante en España y Europa y por otro de la
gran empresa agraria que se adecua más fácilmente
al progreso técnico, emplea mano de obra cualificada,
está orientada al mercado, etc.
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