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Ponencias

ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA AGRARIA ESPAÑOLA

José Manuel Martín Lozano
Pedro Pablo Pérez Hernández
Miguel Romero Velasco


Profesores Titulares e Investigadores de la Unidad de Economía y Política Agraria de ETEA (Institución Universitaria de la Compañía de Jesús). Córdoba


3. CONCEPTO Y PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA AGRARIA

En general, los especialistas en la materia señalan que una empresa agraria es aquella que realiza una actividad agraria. Pero ¿Qué se entiende por actividad agraria?. La mayoría de autores consideran que es aquella que emplea la tierra para obtener productos vivos, plantas y animales. Según Ballarín actividad agraria es toda aquella actividad dirigida a obtener productos del suelo mediante la transformación o aprovechamiento de sus sustancias físico-químicas en organismos vivos de plantas o animales controlados. Igualmente dicho tratadista define la empresa agraria como "la unidad de producción económica, constituida por el empresario y sus colaboradores, así como por la tierra y demás elementos organizados mediante los cuales se ejercita una actividad agrícola, ganadera, forestal o mixta".

Otros autores incluyen en su definición de empresa agraria un criterio biológico, por el cual existirá una empresa agraria cuando su producción se desarrolle según leyes biológicas. Otros autores indican de forma más simple que una empresa se puede catalogar como agraria cuando desarrolla una actividad tradicionalmente tenida como agraria.

Más recientemente hay autores que consideran que la empresa agraria denominada pura no existe e incluyen dentro del concepto de empresas agrarias aquellas que desarrollan su actividad en el mundo rural y no se habla tanto de empresa agraria como de empresa rural o de la multifuncionalidad de la empresa agro-rural.

La explotación agraria aparece como una célula de producción, semejante a la empresa en la industria. Sin embargo, aún hoy, son evidentes las diferencias entre la empresa agraria y la industrial; el tipo de bien ofrecido al mercado, el tamaño medio y la forma jurídica podrían servir de ejemplo para confirmar esta hipótesis. Pero la gran diferencia, en palabras de los profesores Desclaude y Tondut, reside en la originalidad del proceso de producción agrario, que hace intervenir el medio (complejo clima-suelo) y los fenómenos biológicos.

Características

De lo que no cabe duda es que la empresa agraria o agro-rural reúne una serie de características, que en algunos casos se transforman en condicionantes, que la diferencian sensiblemente de los demás tipos de empresas. Tales características son trascendentales para comprender el propio funcionamiento de las empresas y por agregación, del propio sector agrario. Destacamos las siguientes:

a) Factores de producción incontrolables: dependencia total de la materia viva (suelo), clima, etc.

b) Complejidad en los procesos de producción: la empresa agraria simultanea diversos procesos productivos ya que es la única forma de utilizar toda la capacidad productiva existente (tierra, mano de obra y capital). Precisamente el nuevo concepto de multifuncionalidad pone de manifiesto entre otros aspectos esta apreciación.

c) El tiempo como parte del proceso de producción. Los procesos de producción no se pueden acortar más de lo posible climática y genéticamente según la naturaleza viva de la producción a obtener y ello crea una cierta dependencia para el empresario de la meteorología en primer lugar, y de las multinacionales en segundo lugar, para obtener aquellos inputs que le garantizan su producción. Aunque el progreso agrícola ha sido significativo en lo últimos años, aún se encuentra a distancia de la velocidad del progreso industrial.

d) Heterogeneidad de las producciones. Mientras que la empresa industrial es capaz de predecir su ritmo de producción, el empresario agrario debe esperar las cosechas para conocer sus rendimientos la calidad de las mismas.

e) Instalaciones obsoletas. Además del grado de obsolescencia, el ritmo de sustitución de instalaciones, maquinarias, etc., ha sido inferior en la agricultura con relación al sector industrial. Este condicionante ha ralentizado en cierta forma, el proceso de modernización de la empresa agraria.

f) Tamaño medio reducido. La mayor parte de las empresas agrarias en Europa y en España presentan un tamaño no apropiado que las aleja de los beneficios obtenidos por empresas de mayor tamaño de otros sectores, capaces de aprovechar las correspondientes economías de escala.

g) Escasez de formación a todos los niveles.

h) Elevada edad media de los empresarios agrarios, a lo que se une la problemática de la sucesión en la empresa agraria. El nivel de rotación en los cuadros directivos de cualquier empresa industrial o de servicios supera ampliamente al de la empresa agraria.

Todos estas características y condicionantes de la empresa puramente agraria unido a la existencia de una serie de leyes que definimos a continuación, justifican la inevitable protección de la que ha gozado el sector agrario y no otros sectores productivos.
LA "INEVITABLE" PROTECCIÓN A LA AGRICULTURA

Una cierta protección a la agricultura resulta inevitable . En efecto, razones económicas y políticas han estado en el origen de esta política proteccionista. Dichas razones son de índole genérica (válidas para la agricultura de cualquier ámbito geográfico) y de índole específica (propias de la Europa occidental de los años 50).

Las razones genéricas, tomadas de la teoría económica al uso, pueden sintetizarse en tres conocidas leyes económicas .

La Ley de Turgot, o de los rendimientos decrecientes. Tradicionalmente se considera que la agricultura es un sector en el que se cumple de forma paradigmática esta ley ; es un hecho conocido que en las funciones normales de producción, a más cantidad de input introducido en el proceso productivo, se produce mayor cantidad de producto; sin embargo, en el sector agrario, en un momento determinado, a partir de un cierto umbral, el crecimiento de las cantidades de inputs que se incorporan al proceso productivo traerá consigo un descenso en los rendimientos de las plantas o de los animales. El carácter de seres vivos de estas auténticas fábricas que son la planta y el animal explica este fenómeno. Así, a medida que se aumentan las dosis de abonado, podrá crecer el rendimiento de un cultivo, siempre y cuando no se alcance el umbral de los rendimientos decrecientes: a partir de una determinada dosis, la planta se quema... Lo mismo cabe decir del riego o de la cantidad de alimentos que puede ingerir el ganado. Esta primera limitación justifica, en alguna medida, la aparición de la protección a la agricultura; en efecto, los incrementos de productividad como vía para incrementar las rentas agrarias encuentra un techo en esta ley de rendimientos decrecientes.

La Ley de Engel enuncia el hecho de que la elasticidad demanda-renta de los productos procedentes del sector agrario, alimentos en su gran mayoría, sean menor de la unidad; es decir, que a medida que crece la renta, los incrementos de la demanda de ese tipo de bienes son menores que los incrementos de la renta. Tampoco por esta vía del incremento de la demanda global puede la agricultura, en principio, garantizarse un horizonte de crecimiento ilimitado para sus producciones. Nótese que nos referimos a un determinado país o sociedad; en efecto, las necesidades alimenticias mundiales -hoy de hecho insatisfechas, más que nada por un problema de distribución y no tanto de producción- parecen permitir aún márgenes considerables para el aumento de la oferta. En todo caso, la ley de Engel justifica también la necesidad de protección para el sector agrario.

La Ley de King expresa el conocido fenómeno de que incrementos re-lativamente moderados de los rendimientos o de la producción global agraria suelen acarrear descensos mucho más que proporcionales de los precios. Por ejemplo, un pequeño incremento en la cosecha de patatas puede hacer bajar el precio de forma considerable. En consecuencia, también por este lado, el sector agrario ve limitadas sus posibilidades de expansión y de crecimiento y, en con-secuencia, necesita protección.

En el caso europeo existen algunas causas específicas que explican también, en buena medida, el proteccionismo de la PAC. Entre ellas destaca la situación de desabastecimiento en productos alimenticios que Europa conocía todavía en los años 50; por esa razón los países de Europa occidental tenían que realizar importaciones de una serie de producciones esenciales en la dieta de los consumidores europeos de entonces. Una política proteccionista, como la que fomentaba la PAC, tendía precisamente a incrementar las producciones para garantizar dicho abastecimiento: se trataba de una política típicamente produc-tivista. La consecuencia de esos fuertes incentivos a la producción fue que, al volver de los años, la CEE pasó a convertirse en un potente exportador de pro-ductos agrarios, disgustando por cierto al gigante USA, al disputarle sus mercados tradicionales. Que al llegar a los años 80 ese sistema de protección haya ge-nerado unos efectos perversos, traducidos en la acumulación de ingentes cantidades de excedentes no era algo previsible a la altura de los últimos años 50 .

No es casual que los cambios drásticos que se están produciendo en la PAC ocurran, precisamente, cuando el sector agrario ha descendido sensiblemente en todos los países de la Unión Europea, donde la población activa agraria asciende sólo a unos 9 millones de personas, no alcanzando ya el 6% de media, y habiendo liberado la modernización agrícola más de 10 millones de personas que pasaron de la población activa agraria a la industria y a los servicios, en un proceso que, por cierto, no se ha detenido aún. Por otra parte, sobre el PIB total de la Unión Europea, la agricultura pesa muy poco, no representando en la actualidad sino en torno al 3%, aunque con diferencias notables entre los países.

En último término, en este asunto del proteccionismo agrario ocurre que protege quien puede, no quien quiere. Todos los países del mundo, y sobre todo aquellos en los que la falta de alimentos provoca el gravísimo problema del hambre o la infraalimentación, desearían poder incentivar mediante subsidios su producción agrícola para abastecer adecuadamente a la población. Pero de hecho sólo los países ricos tienen los recursos financieros necesarios para proteger a la agricultura.

El modelo de agricultura europeo, sin entrar ahora en el debate de su futuro mantenimiento, ha generado la existencia de dos tipos de empresas agrarias. Las llamadas de subsistencia, formadas por pequeñas explotaciones, cuyo papel es más social que económico y las comerciales, de mayor tamaño y con una clara proyección al mercado.

Otra clasificación inicial posible de las explotaciones es la que se basa en los medios de producción; por un lado podemos hablar de la llamada empresa familiar , predominante en España y Europa y por otro de la gran empresa agraria que se adecua más fácilmente al progreso técnico, emplea mano de obra cualificada, está orientada al mercado, etc.